¿Cuándo se puede facturar sin IVA?
Entre los casos habituales están determinadas actividades sanitarias, educativas, financieras, algunas operaciones internacionales y supuestos de inversión del sujeto pasivo. Cada caso tiene requisitos propios.
Qué debe incluir
Incluye emisor y cliente, NIF, direcciones, número correlativo, fecha, descripción, base y total. Añade una mención que explique por qué no se repercute IVA y la referencia normativa cuando proceda.
Servicio: 500 €
IVA: exento —indicar motivo aplicable—
Total: 500 €
Cómo crearla
Introduce los datos y conceptos, selecciona IVA del 0 % y escribe en las notas la mención correspondiente. Comprueba el resultado antes de guardar el PDF.
Preguntas frecuentes
¿Tipo 0 % significa siempre exento?
No. Tipo cero, exención y operación no sujeta son conceptos distintos.
¿Puede llevar IRPF?
En algunos servicios sí. IVA e IRPF siguen reglas diferentes; consulta la guía de IRPF.