Haz la Factura

OPERACIONES INTERNACIONALES

Cómo facturar a un cliente extranjero

El país no basta para decidir el IVA. Primero identifica si vendes bienes o servicios, si el cliente es empresa o particular y dónde se localiza la operación.

Las tres preguntas que deciden el tratamiento

  1. ¿El cliente actúa como empresario o como particular?
  2. ¿Está en otro país de la UE o fuera de la UE?
  3. ¿Vendes bienes, servicios generales o un servicio con regla especial?

La vivienda del cliente, eventos, transporte, restauración, servicios digitales y otros supuestos tienen reglas propias. Esta guía ofrece el mapa general, no sustituye el análisis de la operación.

Servicios a una empresa de otro país de la UE

En la regla general entre empresas, el servicio se localiza donde está el cliente. Si ambos operadores están correctamente identificados a efectos de IVA, la factura española suele emitirse sin IVA español y con la mención “inversión del sujeto pasivo”. Comprueba el NIF-IVA en VIES y conserva la evidencia.

Consulta la guía específica de facturación intracomunitaria para revisar ROI, VIES y declaraciones informativas.

Servicios a una empresa fuera de la UE

La regla general también sitúa muchos servicios B2B en la sede del cliente, por lo que no llevan IVA español. No es una “exención” automática: es una operación no sujeta por reglas de localización. Incluye una descripción clara y la mención jurídica adecuada, y conserva pruebas de que el destinatario actúa como empresario fuera de la UE.

Importante: Canarias, Ceuta y Melilla no forman parte del territorio de aplicación del IVA peninsular y balear. Requieren un análisis específico aunque el cliente esté en España.

Servicios a particulares

La regla general B2C localiza muchos servicios en España y obliga a repercutir IVA español. Sin embargo, existen excepciones importantes. Los servicios electrónicos, de telecomunicaciones y radiodifusión a consumidores de la UE pueden tributar en el país del cliente y canalizarse mediante la ventanilla única OSS. Otros servicios a particulares de fuera de la UE también pueden localizarse fuera de España.

Venta de bienes

  • Empresa de la UE: una entrega intracomunitaria puede quedar exenta si se cumplen requisitos, incluido el transporte y la identificación válida del cliente.
  • Particular de la UE: las ventas a distancia pueden tributar en destino; OSS simplifica su declaración.
  • Fuera de la UE: una exportación puede estar exenta de IVA, pero necesita prueba aduanera de salida.

Qué debe incluir la factura

  • Datos completos y país de ambas partes.
  • NIF-IVA cuando proceda.
  • Moneda y descripción precisa.
  • Base e impuestos, o la mención que justifique no repercutir IVA.
  • Fecha de operación si difiere de la expedición.

Puedes facturar en otra moneda, pero ciertas obligaciones fiscales exigen convertir importes a euros con el criterio aplicable. Acordad también quién asume comisiones bancarias y el tipo de cambio.

Ejemplo B2B general

Una diseñadora establecida en España presta un servicio remoto a una empresa francesa con NIF-IVA válido. La factura suele emitirse sin IVA español, identifica ambos NIF-IVA e indica “inversión del sujeto pasivo”.

Antes de emitir

  1. Valida la identidad y condición del cliente.
  2. Determina la regla de localización.
  3. Guarda VIES, contrato y prueba de transporte cuando proceda.
  4. Comprueba modelos periódicos e informativos.
  5. Escribe la mención fiscal correcta en la factura.

Crear la factura

Preguntas frecuentes

¿Una factura extranjera siempre va sin IVA?

No. Puede llevar IVA español, IVA del país del consumidor, estar exenta o no sujeta según la operación.

¿Debo traducir la factura?

Puede emitirse en otra lengua, aunque la Administración tributaria puede exigir traducción al castellano o a otra lengua oficial cuando la necesite para comprobarla.

Fuentes oficiales