La regla en una mirada
La factura se expide al realizar la operación.
Cliente empresario o profesionalPuede expedirse hasta antes del día 16 del mes siguiente al devengo del IVA de la operación.
Estas reglas proceden del Reglamento de facturación. Existen regímenes y operaciones especiales, por lo que conviene verificar los supuestos no habituales.
Fecha de expedición y fecha de operación
Si emites la factura en una fecha distinta de aquella en que se realizó la operación, la factura debe mostrar ambas. No cambies la fecha real del trabajo para encajarla en tu numeración: conserva el orden correlativo de la serie y añade la fecha de operación cuando sea necesaria.
Facturas recapitulativas
Puedes reunir en una sola factura varias operaciones realizadas para el mismo cliente dentro de un mes natural. Si el destinatario no actúa como empresario o profesional, se expide como máximo el último día de ese mes. Cuando sí actúa como tal, puede expedirse antes del día 16 del mes siguiente al periodo de devengo correspondiente.
¿Cuándo se envía al cliente?
Las facturas dirigidas a particulares se remiten al expedirlas. Si el destinatario es empresario o profesional, la normativa permite remitirlas dentro del plazo que termina antes del día 16 del mes siguiente al devengo. En la práctica, enviarla al emitirla evita retrasos de pago y facilita demostrar la entrega.
No confundas emisión, vencimiento y cobro
- Emisión: creación formal de la factura.
- Operación o devengo: momento relevante para determinar el impuesto.
- Vencimiento: fecha acordada para pagar.
- Cobro: momento en que recibes el dinero.
Una factura puede emitirse hoy, corresponder a una operación anterior y pagarse semanas después. Si no te pagan al vencimiento, consulta cómo reclamar una factura impagada.
Buenas prácticas
- Emite la factura al terminar o entregar el trabajo.
- Incluye la fecha de operación cuando difiera de la expedición.
- Fija por escrito el vencimiento.
- Envía el PDF por un canal que deje constancia.
- Conserva factura, contrato y prueba de entrega.
Preguntas frecuentes
¿Puedo facturar un trabajo del mes pasado?
Puede ser posible si todavía estás dentro del plazo aplicable, pero debes reflejar correctamente la fecha de operación. Si el plazo ya pasó, no inventes fechas: regulariza el error con asesoramiento.
¿El plazo de pago es siempre de 30 días?
No. El plazo de expedición no es el plazo de pago. En operaciones comerciales existen reglas específicas y límites a los pactos; consulta la guía de impagos.