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ALTA Y OBLIGACIONES

¿Se puede facturar sin ser autónomo?

Una cosa es darse de alta ante Hacienda y otra cotizar en el RETA. No existe una regla general que permita emitir facturas sin más por cobrar menos del SMI.

La respuesta corta

Para iniciar una actividad económica debes comunicarla a la Agencia Tributaria mediante la declaración censal correspondiente, aunque el trabajo sea pequeño o puntual. El alta en la Seguridad Social se analiza por separado: el RETA se aplica a quien realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica por cuenta propia.

No confundas ingresos bajos con permiso automático. El salario mínimo no aparece en la ley como una exención general del RETA. Algunas resoluciones judiciales lo han usado como indicio de falta de habitualidad, pero no es un salvoconducto aplicable a todos los casos.

Hacienda: alta antes de empezar

El alta censal identifica la actividad, sus obligaciones de IVA e IRPF y la fecha de inicio. Debe tramitarse antes de realizar operaciones. Después tendrás que emitir facturas correctas, llevar los registros exigibles y presentar las autoliquidaciones que correspondan. Darse de baja al terminar no elimina las obligaciones del periodo en que estuviste de alta.

Seguridad Social: la habitualidad importa

La definición legal del trabajo autónomo exige habitualidad, además de actividad personal, directa, lucrativa y por cuenta propia. La frecuencia, continuidad, organización, publicidad, número de clientes y peso económico pueden servir para valorar el caso. Un encargo realmente aislado no es igual que ofrecer servicios todos los meses, aunque ambos generen el mismo importe anual.

Dos situaciones distintas

Dar una charla excepcional no presenta los mismos indicios de habitualidad que mantener una web de servicios, captar clientes y emitir una factura cada mes. El importe por sí solo no decide el resultado.

Impuestos de la factura

Estar o no en el RETA no cambia por sí mismo el tratamiento fiscal de la operación. La factura puede llevar IVA y, en ciertas actividades profesionales, retención de IRPF. Consulta nuestras guías sobre facturas con IRPF y operaciones sin IVA.

Una forma prudente de decidir

  1. Define si el trabajo es aislado o tendrá continuidad.
  2. Tramita el alta censal antes de comenzar.
  3. Consulta por escrito a la Tesorería General de la Seguridad Social si existen dudas sobre el RETA.
  4. Guarda contratos, facturas, gastos y justificantes.
  5. Presenta las declaraciones fiscales incluso si el resultado es cero cuando exista obligación.

Las cooperativas o empresas que prometen “facturar por ti” no sustituyen automáticamente tus obligaciones. Comprueba su encaje jurídico antes de entregar dinero o documentación.

Crea el documento correctamente

Una vez aclaradas tus altas y obligaciones, puedes preparar una factura con numeración, datos fiscales, conceptos e impuestos.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo emitir una sola factura sin darme de alta en Hacienda?

La regla general exige el alta censal antes de iniciar la actividad. Que sea una única factura no crea una excepción automática.

¿Cobrar menos del SMI evita el alta de autónomo?

No de forma automática. Puede ser un indicio utilizado al valorar la habitualidad, pero deben estudiarse todas las circunstancias.

Fuentes oficiales